sábado, 22 de febrero de 2014

MEMORANDO DE ADMINISTRACIÓN N° 16022014


DE:                 La Administración
PARA:            Personal de Vigilancia y Mantenimiento 
FECHA:         Febrero 16 de 2014

ASUNTO: Varios de la administración

Siendo responsabilidad de esta administración y sus colaboradores salvaguardar los bienes y enseres de esta propiedad, además de asegurar el correcto funcionamiento de la misma, se dictan las siguientes instrucciones para su inmediato y cabal cumplimiento.

  1. Correspondencia y encomiendas
Siendo consecuentes con las decisiones tomadas en la última asamblea, los deudores morosos mantendrán sus casilleros cerrados y la única correspondencia que se debe recibir para estos apartamentos, son los correspondientes a servicios públicos y demás sobres que puedan ser depositados en la caja común, destinara para ello y donde los propietarios morosos podrán acceder a su correspondencia.
En ningún caso se autoriza al personal a recibir encomiendas y menos a ser guardadas en la portería.

  1. Entrega y recepción de los salones comunales.
    1. Ante el notable deterioro de la planta física de los salones comunitarios y la pérdida de sillas y mesas por la mala manipulación y robo de las mismas, se determina que el recorredor deberá entregar inventariado y recibir inventariado el salón comunal cuando sea alquilado. El depósito que se cobrará a partir de la fecha, será reintegrado al usuario basado en las observaciones que se coloquen en este inventario, en caso de no reportar algún daño que se ocasione durante el uso del salón, este deberá ser cubierto por quien reciba el salón y apruebe la devolución del depósito.
    2. Los salones comunales deben permanecer todo el tiempo cerrado con llave y las sillas agrupadas por 10 unidades.

  1. Parqueadero Visitantes
    1. Se debe mantener la rigurosidad en los controles y registro de vehículos de visitantes, se deberá utilizar el libro de registro entregado de acuerdo a las instrucciones dadas y no eximir ningún vehículo del registro, independientemente que el conductor manifieste no demorarse.
    2. No podrán ingresar vehículos de visitantes que se dirijan a alguno de los apartamentos que se encuentran en mora. (mensualmente se actualizará esta información).

LA ADMINISTRACIÓN

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